La vida, en general, da muchas vueltas y podemos encontrarnos en una situación en la que tengamos que vender la casa.

Ya sea por necesidad o por gusto, como por ejemplo si recibimos un piso en herencia, decidimos cambiarnos de barrio o de ciudad por causas económicas o laborales.

El problema y las dudas surgen cuando conocemos vagamente los conceptos y pasos a seguir a la hora de vender un inmueble.

Pasos

Estado de la casa

El primer paso que tendríamos que dar sería sacar una nota simple para comprobar el estado de la vivienda, es decir, para comprobar si el inmueble que se desea poner a la venta, dispone o no de alguna carga de la que estemos, o no, al tanto.

Esta nota podemos expedirla acudiendo al Registro de la Propiedad.

Tasación y estudio

Tras comprobar en que situación se encuentra nuestra vivienda, pasaremos a tasarla teniendo en cuenta la zona, metros, estado y competencia cercana. Para ello es conveniente realizar un estudio inmobiliario.

En el caso de que no se disponga de medios o conocimientos siempre podemos acudir a una agencia inmobiliaria. En GESYS no cobramos por esta gestión, por lo que la tasación es gratuita.

dibujo de eficiencia energetica de una casa

Publicarla online (Marketing) 

Un paso esencial y al que muchos no suelen dar importancia es la publicación a través de Internet.

Vender una casa online es, hoy en día, clave.

Existen diversos portales, además de la opción de dejarlo en manos de una inmobiliaria que cuenta con una cartera de posibles clientes siempre a su disposición.

He encontrado un comprador 

Una vez que ya hemos gestionado las visitas al piso o casa y tenemos un interesado, ¿qué debemos hacer?.

Haríamos una reserva de la vivienda, así no aseguramos que sus intenciones son verdaderas y existe un compromiso. Después se firmaría un contrato de arras* o directamente se firmaría la compra ante notario.

Después de la venta

Una vez firmado, el vendedor debe pagar la plusvalía* en 30 días hábiles, mientras que el comprador deberá pagar los actos jurídicos documentados* y el impuesto de transmisiones patrimoniales antes de 30 días naturales.

El final

Cómo resultado el comprador de la casa deberá acudir al Registro de la Propiedad para poner la vivienda a su nombre.

Conceptos

Aquí os dejamos una serie de términos utilizados en este artículo para familiarizarnos con ellos:

  • Registro de la propiedad: Es un organismo que tiene por objeto la inscripción o anotación de los actos y contratos relativos al dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles.

logo del colegio de registradores

  • Contrato de arras: Contrato privado entre particulares donde las partes pactan una reserva de la compraventa de bienes o inmuebles estableciendo una cantidad de dinero en concepto de señal, bajo unas cláusulas pactadas en caso de incumplimiento. La diferencia con la reserva es que las cantidades suelen ser más bajas y no existe un carácter penitencial si se rompiese el compromiso, cosa que en las arras si así estuviese establecido podríamos perder la cantidad abonada si no cumplimos el acuerdo.
  • Plusvalía: El impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.
  • Actos jurídicos documentados: Son todos aquellos que documentos notariales, mercantiles o administrativos que son necesarios en el proceso de compraventa, en este caso. Cada uno lleva uno tiene una finalidad y un gravamen diferente

Toda esta operación puede, en ocasiones, ser un arduo trabajo por lo que si en algún momento antes o durante el proceso de compraventa de la vivienda necesitarais asesoramiento, no dudéis en contactarnos.

Nuestros expertos cuentan con años de experiencia tramitando compraventas de viviendas, herencias, además trabajamos estrechamente con una notaría agilizando de esta manera el proceso.

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